Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0975/2010-R
Fecha: 17-Ago-2010
4)
4) El recurrente manifestó estar realizando reclamos desde 1995, cartas y peticiones que en forma esporádica y discontinua realizó según su memorial año tras año, sin realizar el seguimiento que correspondía a su primera solicitud y sin haber acudido en caso de no haber obtenido respuesta a esta primera solicitud ante la jurisdicción constitucional que correspondía, denunciando la restricción a su derecho fundamental, pretendiendo renovar anualmente cada vez su petición, y así obtener que la jurisdicción de manera indefinida se encuentre a disposición del actual recurrente.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- I.2.3. Intervención del Tercero interesado
- concedió en parte
- a)
- b)
- I.3.
- II.1.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre la expropiación por utilidad pública
- necesidad o utilidad pública
- III.4. Análisis de la problemática planteada
- conceder
- APROBAR