Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0975/2010-R
Fecha: 17-Ago-2010
III.3. Sobre la expropiación por utilidad pública
Dicha norma señalaba los supuestos en que podía expropiarse una propiedad privada: necesidad para destinarla a obras públicas en beneficio de la colectividad, o incumplimiento de una función social, calificada conforme a ley. En ambos casos, de acuerdo a la Constitución, la expropiación procedía previa y justa indemnización.
- recurso de
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio
- 2)
- 3)
- 4)
- 5)
- I.2.3. Intervención del Tercero interesado
- concedió en parte
- a)
- b)
- I.3.
- II.1.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Términos procesales en la acción de amparo constitucional
- III.3. Sobre la expropiación por utilidad pública
- necesidad o utilidad pública
- III.4. Análisis de la problemática planteada
- conceder
- APROBAR