Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0986/2010-R
Fecha: 23-Ago-2010
II.3.
II.3. El 23 de marzo de 2007, Jesús Coca Salazar solicito cesación a la detención preventiva (fs. 46), por su parte también Hugo Guillermo Laruta Claure y Norah Rosas Rojas solicitaron la cesación de la detención preventiva y modificación de medidas sustitutivas a la detención (fs. 47 a 49); el Fiscal de Materia emitió requerimiento para la incautación de los objetos secuestrados para que pasen a la Dirección de Bienes Incautados (DIRCABI) (fs. 51).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.3. Informe de las autoridades recurridas
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante
- En cuanto al derecho al debido proceso
- En cuanto al derecho a la defensa
- En caso de rechazo se aplicará el siguiente procedimiento
- III.4 Análisis del caso de autos
- se convocó a las Jueces Técnicas del Tribunal Sexto de Sentencia para resolver la aceptación o el rechazo de la recusación, quienes señalaron audiencia para el 20 de marzo de 2007, a horas 16:00, audiencia donde se dio lectura a la Resolución del incidente de recusación
- llevar a cabo la audiencia para recibir la prueba y el informe de las partes referente a la fundamentación de la recusación
- APROBAR