SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0986/2010-R
Fecha: 23-Ago-2010
recurso
En revisión la Resolución 099 de 14 de junio de 2007, cursante de fs. 117 a 119, pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Jesus Coca Salazar y Hugo Guillermo Laruta Claure contra Andres Adhemar Rueda Esquivel y Julio Nelson Alba Flores, Jueces Técnicos del Tribunal Quinto de Sentencia; y Octavia Salvatierra Peñafiel y Ana Cañizares Ortíz, Juezas Técnicas del Tribunal Sexto de Sentencia, todos del mismo Distrito Judicial, alegando la vulneración de sus derechos a la defensa y al debido proceso, citando al efecto el art. 16 II y IV de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.3. Informe de las autoridades recurridas
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- éste Tribunal determinó que toda su actuación será acorde al nuevo orden constitucional
- accionante
- En cuanto al derecho al debido proceso
- En cuanto al derecho a la defensa
- En caso de rechazo se aplicará el siguiente procedimiento
- III.4 Análisis del caso de autos
- se convocó a las Jueces Técnicas del Tribunal Sexto de Sentencia para resolver la aceptación o el rechazo de la recusación, quienes señalaron audiencia para el 20 de marzo de 2007, a horas 16:00, audiencia donde se dio lectura a la Resolución del incidente de recusación
- llevar a cabo la audiencia para recibir la prueba y el informe de las partes referente a la fundamentación de la recusación
- APROBAR