SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0990/2010-R
Fecha: 23-Ago-2010
Fragmento 15
Se evidencia que el accionante, solicitó la cesación de su detención preventiva, la cual fue rechazada por el Juez cautelar; posteriormente, en apelación, es revocada por el Tribunal de alzada, aplicándole medidas sustitutivas; es decir, la obligación de presentarse los días sábados ante el Juzgado de Ejecución Penal y firmar el libro de presentaciones, prohibición de salir del Departamento y del país, sin previa autorización del indicado Tribunal, su arraigo y una fianza económica de Bs30 000.-; monto del que solicitó modificación ante el Juez de la causa, quien rechazo el mismo por Auto Interlocutorio 068/2008; determinación que fue confirmada en apelación por la Sala Penal y Administrativa.
- recurso
- a)
- Fragmento 3
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.1.
- Fragmento 6
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal al Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2. Términos en la presente acción tutelar
- denegar
- III.3. Jurisprudencia aplicable al caso
- Fragmento 15
- III.4. Análisis del caso