SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1018/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1018/2010-R

Fecha: 23-Ago-2010

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El recurrente alega que las autoridades recurridas vulneraron sus derechos a la "seguridad jurídica" y al debido proceso, puesto que dentro del proceso penal seguido en su contra por la supuesta comisión los delitos de falsedad material, falsedad ideológica, uso de instrumento falsificado y otros, una vez iniciada la audiencia de juicio oral y constatada la inasistencia del representante del Ministerio Público, del abogado del acusador particular, del otro acusado y del abogado de este último, teniendo presente el bloqueo de caminos suscitado en el altiplano se les impuso sanciones disciplinarias y pecuniarias según el caso, suspendiendo la audiencia y señalando nuevo día y hora para su prosecución. Ante el pedido realizado por su parte en la misma audiencia, respecto al cumplimiento de lo dispuesto por el art. 330 del CPP, concordante con el art. 292 inc. 4) del mismo cuerpo legal, que expresan que en caso de inconcurrencia del querellante a la audiencia se tendrá por abandonada la querella; fue rechazado con el argumento de que es impertinente, por cuanto el acusador particular asistió a todas las audiencias señaladas; y por lo tanto, no se podía imponer sanciones por abandono malicioso. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos de los derechos fundamentales a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.