Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1031/2010-R
Fecha: 23-Ago-2010
II.4.
II.4. El querellante presentó justificación de su inasistencia, adjuntando certificado médico de urgencia, misma que fue impugnada por la recurrente, mereciendo el Auto 53/2007 de 20 de abril, que dio por no justificada la inasistencia del querellante, Resolución que en apelación, por Auto 184/07 de 24 de mayo, pronunciado por los Vocales recurridos, fue revocado, disponiendo la continuación del juicio oral y público (fs. 19 a 24 vta.; 25 a 26 vta. y 29 a 31).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- Fragmento 5
- deniega
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- Fragmento 13
- III.2. Armonización de términos procesales-constitucionales
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- III.3.
- i)
- denegado
- APROBAR