Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1059/2010-R
Fecha: 23-Ago-2010
1.
1. Los arts. 149 y 436 del Código de Familia (CF), establecen que la asistencia familiar es una obligación de acatamiento inexcusable, bajo previsión de expedirse mandamiento de apremio y su oportuno suministro no puede diferirse por ningún recurso o procedimiento, entendimiento que también fue asumido por el Tribunal Constitucional en sus diferentes sentencias.
- recurso de hábeas corpus,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
- a)
- 1.
- 3.
- 4.
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- III.2. Términos procesales en la acción de libertad
- acciones de defensa,
- ordenar la tutela
- III.3.
- III.4. Prevalencia de los derechos de la niña, niño y adolecente
- III.5. El caso en revisión
- APROBAR