SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1112/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1112/2010-R

Fecha: 27-Ago-2010

Fragmento 19

Esta reconocido constitucionalmente como derecho y garantía a la vez, el art. 115.II de la CPE, establece que el Estado garantiza el derecho al debido proceso, y el art. 117.I de la misma Ley Suprema, complementa en sentido de que: “Ninguna persona puede ser condenada sin haber sido oída y juzgada previamente en un debido proceso…”. También está reconocido en las normas internacionales de derechos humanos, como ser el art. 8 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica, que lo enmarca como una garantía judicial, al igual que el art. 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).