SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1112/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1112/2010-R

Fecha: 27-Ago-2010

ni podrán ser discriminados por ningún motivo”.

La misma jurisprudencia constitucional con relación al marco legal señaló: “RM 0711 de 27 de noviembre de 2002, 'Para la prevención y vigilancia del VIH/SIDA en Bolivia', establece en su art. 1, que las disposiciones allí contempladas alcanzan a todas las instituciones públicas y privadas que realizan atención preventiva, integral y de vigilancia del VIH y del SIDA, constituyéndose el Ministerio de Salud y Deportes, en el organismo rector máximo, que norma y coordina las actividades inherentes a esta enfermedad a través del Programa Nacional de ITS/SIDA…”; asimismo, el art. 40 de la Resolución Ministerial 0711 para la Prevención y Vigilancia del VIH/SIDA en Bolivia, establece: “A las PVVS y las que conviven con el VIH/SIDA no se les puede negar el ingreso a los centros educativos, deportivos, sociales y culturales, tanto públicos como privados, ni podrán ser discriminados por ningún motivo”.