SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1112/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1112/2010-R

Fecha: 27-Ago-2010

II.5.

II.5.  Los informes médicos de 10 de enero y 26 de marzo de 2007, emitidos por el Servicio Departamental de Salud (SEDES) La Paz, señalan que el recurrente se encuentra en buenas condiciones para desarrollar actividades físicas y mentales (fs. 97 y 99), ratificado por COSSMIL mediante informes médicos 088/07 de 10 de enero de 2007 y 1092/07 de 30 de marzo del mismo año, cuando establecen que “el paciente se encuentra en buenas condiciones mentales de salud por lo que está apto para realizar trabajos intelectuales de estudio” (sic) (fs. 98 y 100).