SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1115/2010-R
Fecha: 27-Ago-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, ahora accionante, denuncia la vulneración de su derecho a la libertad por detención indebida, toda vez que se llevó a cabo la audiencia de cesación de detención preventiva el 19 de junio de 2008, en la que el Tribunal de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz, dispuso su libertad, previa presentación de arraigo y fianza económica, situación que fue cumplida por su parte, por lo que se expidió en su favor mandamiento de libertad; que fue presentado ante el Gobernador del penal de San Pedro a primera hora del 21 del mismo mes y año; pero, el encargado de la verificación, no quiso cumplir con sus funciones, incluso trató de extorsionar a su esposa; por lo cual, tuvo que presentarse ante el Gobernador, a efectos de hacer el reclamo correspondiente y se pueda dar cumplimiento al mandamiento de libertad, ante lo cual, éste señaló que debía esperar lo que disponga el verificador; situación irracional, puesto que es la máxima autoridad de un recinto penitenciario y el Tribunal ha ordenado su libertad; extremo que dio lugar que hasta esa fecha, siga detenido indebidamente. En consecuencia, corresponde determinar, en revisión, si los extremos demandados, son evidentes para conceder o en su caso denegar la tutela solicitada.
- recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- Fragmento 4
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- procedente
- II.4. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal al Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- Fragmento 15
- ya que como se tiene dicho, los motivos por los que no dio curso a su libertad el mismo día sábado no se debieron a causas imputables a él, sino al hecho de haber tomado conocimiento de los mandamientos en horario inhábil"
- Fragmento 17
- III.4. Análisis del caso