SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1128/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1128/2010-R

Fecha: 27-Ago-2010

II.9.

II.9.  A través del memorial de 10 de enero de 2005, la demandante devuelve la comisión instruida indicando que se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el Juez, con relación a la notificación a los ocupantes del inmueble ubicado en la av. 6 de agosto 0575 de la ciudad de Cochabamba, antes de disponer el desapoderamiento; asimismo, en un otrosí vuelve a solicitar exhorto para notificar a los demandados, en el domicilio indicado en su demanda (fs. 58).