AUTO CONSTITUCIONAL 0232/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0232/2010-RCA

Fecha: 07-Sep-2010

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

El recurrente -hoy accionante- alega que emitida la convocatoria pública para el concurso de méritos y examen de oposición por la Dirección Distrital del Consejo de la Judicatura de Potosí, para los cargos de Auditores de la Sala Social y Administrativa y del Juzgado de Partido, Administrativo, Coactivo, Fiscal y Tributario, se presentó a la misma, habiendo obtenido el mayor puntaje junto a otro postulante, por lo que pese a haber esperado su posesión en el cargo -acto que se realizó para el otro postulante-, el mismo no fue señalado ni se llevó a cabo, situación que le motivó a presentar una solicitud de aclaración ante el Presidente de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, que no fue respondida, pese a su insistencia, por lo que reiteró su petición a la Sala Plena de dicha Corte, sin que la misma tampoco le hubiere brindado respuesta alguna, hasta la fecha de presentación de esta acción; procediendo por el contrario, el correcurrido Director Distrital del Consejo de la Judicatura de Potosí, sin tener facultad para ello, a publicar una ampliación de la convocatoria al concurso de méritos y examen de oposición para el cargo de Auditor de la Sala Social y Administrativa, vulnerando sus derechos a la igualdad, a la seguridad jurídica, al trabajo, a la petición y a la garantía del debido proceso. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si en el presente caso concurre o no el supuesto de rechazo del amparo constitucional alegado por el Tribunal de garantías.