AUTO CONSTITUCIONAL 0233/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0233/2010-RCA

Fecha: 07-Sep-2010

II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN

La recurrente -hoy accionante-, alega que los recurridos -hoy demandados- han vulnerado sus derechos a la seguridad jurídica, al trabajo, al juez natural y a la garantía del debido proceso, notificada con el Auto de inicio de proceso administrativo interno 25/2008, interpuso incidente de incompetencia contra la autoridad Sumariante al no haber sido designada conforme el art. 104 del Reglamento Interno de Trabajo de ECOBOL, el que no fue resuelto, emitiéndose por el contrario la Resolución 27/2008, sancionándola con su destitución, razón por la que interpuso los recursos de revocatoria y jerárquico, que confirmaron y ratificaron la decisión asumida, sin considerar los argumentos y pruebas presentadas referidas a la actuación sin competencia de la Autoridad Sumariante, la falta de declaraciones testificales de descargo y la omisión de la confesión judicial propuesta, así como la consideración de pruebas obtenidas ilegalmente. En consecuencia, corresponde en revisión, verificar si en el presente caso concurre o no el supuesto de improcedencia del amparo constitucional.