AUTO CONSTITUCIONAL 0238/2010-RCA
Fecha: 07-Sep-2010
rechazó
La Sala Penal Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 38/2008 de 23 de julio (fs. 275 y vta.), rechazó el recurso argumentando que “el referido proceso arbitral se encuentra en pleno trámite y pendiente de actuaciones a los cuales el representante de IATA, aceptó someterse, en consecuencia, al no haberse agotado la vía, no se puede establecer los presuntos actos vulneratorios en los que supuestamente habría incurrido la autoridad recurrida, máxime si estos aspectos se encuentran debidamente descritos en la Resolución 06/08 de 3 de junio de 2008, y contra la cual no se planteó ningún medio de impugnación y/o reclamación”(sic) sin considerar el carácter subsidiario del recurso.
- revisión
- I.1. Síntesis del recurso
- I.4. Petitorio
- rechazó
- I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- es competente también para conocer y resolver todas las cuestiones o incidentes que no hacen al fondo del recurso, como ser el caso de retiro o desistimiento de demanda,
- II.2. Sobre el desistimiento en acciones de amparo constitucional
- II.3. Análisis del caso enviado en revisión
- Resolución 38/2008 de 23 de julio
- DEVOLUCIÓN