AUTO CONSTITUCIONAL 0280/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0280/2010-RCA

Fecha: 21-Sep-2010

revisión

En revisión la Resolución 9/2009 SSA-II de 30 de enero de 2009, cursante a fs. 62 y vta. pronunciada por la Sala Social y Administrativa Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional, interpuesto por Aída Crecencia Martínez de Ascarrunz contra Alejandra Ñapo Maldonado, Presidente; Álvaro Irigoyen Castro, Secretario y Representante de la Conferencia Episcopal de Bolivia; María Esther Udaeta y Feliciano Vigamonte, representantes de la Cámara de Senadores y Diputados; respectivamente, y Cirilo Jiménez Álvarez, representante de la Central Obrera Boliviana (COB); todos miembros de la Comisión Nacional de Resarcimiento a Víctimas de Violencia Política (CONREVIP), alegando la vulneración de sus derechos a la igualdad, seguridad jurídica, a la petición, supremacía constitucional y la denominada cláusula abierta  en materia de derechos humanos, citando al efecto los arts. 6.I, 7 incs. a) y h) y 228 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).