Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0292/2010-RCA
Fecha: 21-Sep-2010
I.1. Síntesis de la demanda
Por memorial presentado el 27 de noviembre de 2008, cursante de fs. 40 a 49, los recurrentes señalan que, son propietarios de un bien inmueble ubicado en la calle Río Yacuma 2094, zona Santiago II, de la ciudad de El Alto, debidamente registrado en Derechos Reales (DD.RR.), en el que se hubiere cometido el delito de tráfico de sustancias controladas, por cuya razón se inició un proceso penal a instancia del Ministerio Público contra Betty Ticona Mamani y otros, ante el Tribunal Tercero de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz, del que no tomaron conocimiento, al no haber sido notificados con ninguna actuación judicial, ni ser parte procesal, pese a tener la calidad de terceros interesados.
- revisión
- I.1. Síntesis de la demanda
- a)
- rechazó in límine
- I.6. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA RESOLUCIÓN
- 1. rechacen el recurso, ya sea por incumplimiento de requisitos de fondo o por falta de subsanación de los requisitos de forma dentro del plazo establecido por el art. 98 de la LTC
- I.-
- los parágrafos I, II y V del art. 97, los que podrán ser subsanados
- cumplieron con los requisitos de fondo o de contenido,
- requisitos formales
- 2º DISPONER