AUTO CONSTITUCIONAL 0294/2010-RCA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0294/2010-RCA

Fecha: 27-Sep-2010

a)

Solicitan “se declare PROBADA, la demanda con costas para los demandados, por otro lado ordene la reparación de los daños económicos y materiales ocasionados por los recurridos y por otro lado se ordene la inmediata RESTITUCIÓN POR EL DESALOJO Y DESPOJO DE NUESTRA FUENTE DE TRABAJO, hasta la conclusión del contrato de alquiler que concluye el 7 de septiembre del presente año renovado por la expresa aceptación de los propietarios (…) así mismo las amenazas que restringen o suprimen por el corte de LUZ Y AGUA por los cortes discontinuos; toda vez que no existe causal para que hayan tomado dichos actos delictivos por sus propias manos, por otro lado solicito la reparación de los daños económicos y materiales que ascienden a Bs. 5000 (CINCO MIL BOLIVIANOS)” (sic), solicita a su vez las siguientes medidas cautelares: a) Que  los recurridos no se acerquen en horas de trabajo a su oficina, hasta la conclusión del contrato; y, b) No procedan a los cortes de los servicios de energía eléctrica y agua potable.