AUTO CONSTITUCIONAL 0610/2010-CA
Fecha: 07-Sep-2010
I.3.b.
I.3.b. Mediante Resolución 003/2009 de 2 de febrero, cursante de fs. 66 a 69, el Tribunal Sumariante del Consejo de la Judicatura Distrital La Paz, rechazó la solicitud de promover el incidente de inconstitucionalidad presentado por Ximena Gutiérrez Gonzáles argumentando que, no se señaló de manera clara ni precisa en qué medida la decisión de la autoridad administrativa depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de las disposiciones del Reglamento de Procesos Disciplinarios del Poder Judicial; sin que tampoco pueda tacharse de inconstitucional la obligación de cumplir las responsabilidades vinculadas con el desempeño laboral y sus resultados ni los imperativos de prestar un servicio con eficiencia, transparencia y licitud previstos en el Reglamento de Administración de Personal del Poder Judicial.
- consulta
- I.1.1. Recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad formulado por Gonzalo Enrique Montaño Durán
- I.1.2. Recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad formulado por Ximena Gutiérrez Gonzales
- a)
- I.3.a.
- I.3.b.
- I.4. Trámite procesal en la Comisión de Admisión
- II.1. Normas jurídicas impugnadas y preceptos constitucionales infringidos
- II.2. Aplicación de la Constitución Política del Estado
- II.3. Atribución de la Comisión de Admisión
- procesos
- APROBAR