AUTO CONSTITUCIONAL 0620/2010-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0620/2010-CA

Fecha: 16-Sep-2010

consulta

En consulta la Resolución de 25 de marzo de 2009, cursante de fs. 1325 a 1326 vta., pronunciada por el Juez Décimo Primero de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Cochabamba, por la que se rechazó la solicitud de promover el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, formulado por Lais Toly Gutiérrez Valencia, en representación de Lilian Julieta Aramayo Ledezma de Guzmán, demandando la inconstitucionalidad de los arts. 534.II y 535 del Código de Procedimiento Civil (CPC), en la frase que señala: “…el juez resolverá fijando en definitiva el monto de la base, sin recurso ulterior”, por la vulneración de su derecho a la propiedad, citando al efecto los arts. 6.I, 7 incs. a), i) y d), 14, 16.I, II y IV, 35, 116.VI y 228 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).