AUTO CONSTITUCIONAL 0621/2010-CA
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL 0621/2010-CA

Fecha: 16-Sep-2010

rechazó

Por Resolución de 17 de enero de 2009, cursante de fs. 4283 a 4285, la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Cochabamba, rechazó el recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad, alegando que: 1) La Resolución pronunciada que declara improcedente la apelación incidental de Jaime Saavedra Corminales, es firme e inmodificable. Por lo que al haberse pronunciado la decisión respecto a la apelación interpuesta, el incidente de inconstitucionalidad es interpuesto extemporáneamente; y, 2) La norma impugnada, indica que las partes podrán solicitar la explicación, complementación y enmienda. El recurrente al no ser parte en el proceso penal, no cuenta con legitimación para interponer el recurso incidental de inconstitucionalidad.