SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0019/2010
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0019/2010

Fecha: 20-Sep-2010

Fragmento 10

         El recurso directo de nulidad, instituido como un recurso constitucional de control de legalidad sobre los actos o resoluciones de las autoridades públicas, constituye un medio reparador, que tiene por finalidad declarar la nulidad de los actos emitidos en usurpación de competencias delimitadas por la Constitución Política del Estado y las leyes. Consagrado en el art. 79 de la LTC, normativa que desarrolla los presupuestos jurídicos previstos por los arts. 31 de la CPEabrg y 122 de la CPE, precisando que este recurso procede contra todo acto o resolución de quien usurpe funciones que no le competen, así como de quien ejerza jurisdicción o potestad que no emane de la ley y contra las resoluciones emitidas o actos realizados por autoridad judicial suspendida de sus funciones o hubiere cesado en ellas.