Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0019/2010
Fecha: 20-Sep-2010
I.2. Admisión y citación
Por AC 520/2007-CA de 12 de diciembre, cursante de fs. 43 a 45, la Comisión de Admisión del Tribunal Constitucional, en virtud a lo previsto en los arts. 31 inc. 1) y 82.I de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), admitió el recurso y dispuso la citación a la autoridad recurrida mediante provisión citatoria, diligencia practicada el 10 de enero de 2008, según consta a fs. 63.
- recurso directo de nulidad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.2. Admisión y citación
- I.3. Remisión de los antecedentes
- a)
- I.5. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- Fragmento 10
- III.2. Naturaleza jurídica del recurso directo de nulidad
- III.3. Cómputo del plazo para la interposición del recurso directo de nulidad
- 27 de agosto de 2007,
- IMPROCEDENTE por extemporáneo