SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0025/2010
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0025/2010

Fecha: 20-Sep-2010

aunque la parte accionante reconduzca la acción, al ser interpuesta dentro de una acción tutelar o de defensa a derechos fundamentales, no corresponde su admisión,

Empero, en el caso concreto existe otra situación adicional, y que también hace a la ratio decidendi de la presente Resolución por la que se constata que efectivamente en el presente caso, aunque la parte accionante reconduzca la acción, al ser interpuesta dentro de una acción tutelar o de defensa a derechos fundamentales, no corresponde su admisión, como se pasa explicar.