SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0029/2010
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0029/2010

Fecha: 20-Sep-2010

una acción de puro derecho que tiene por objeto cotejar el texto de la norma impugnada de inconstitucional con los preceptos de la Ley Fundamental, para determinar si hay contradicción en sus términos

Este recurso, se constituye entonces en una acción de puro derecho que tiene por objeto cotejar el texto de la norma impugnada de inconstitucional con los preceptos de la Ley Fundamental, para determinar si hay contradicción en sus términos, con el objeto de realizar el control correctivo de la norma y así depurar el ordenamiento jurídico del Estado; razonamiento establecido por la jurisprudencia constitucional en la SC 0005/2006 de 25 de enero, entre otras, que manifiesta: "…el recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad se articula al sistema de control normativo de carácter correctivo o a posteriori de las disposiciones legales, pues a través de él se busca la verificación de la compatibilidad o incompatibilidad de la disposición legal impugnada con los principios, preceptos y normas de la Constitución.

El objeto del recurso es el juicio de constitucionalidad de las disposiciones legales impugnadas, lo que supone que el Tribunal Constitucional analiza las normas cuestionadas, a la luz de los fundamentos expuestos por él o los recurrentes, para contrastarlas con las normas previstas en la Constitución...".