SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1166/2010-R
Fecha: 06-Sep-2010
I.1.1. Hechos que motivan el recurso
El Tribunal de Personal del Ejército, emitió la Resolución 052/2006 de 12 de abril, anulando ilegalmente el Memorando 62/06 de 17 de enero de 2006, que dispuso el reconocimiento de su antigüedad en el Ejército Nacional; además, la Resolución del Comando de Ejército 33/05 de 28 de noviembre de 2005, que culminó los reclamos de los miembros del Ejército -entre los que se encontraba su persona- subsanando la irregularidad en que se incurrió en la orden de ascensos del 24 de diciembre de 1986, porque pese a que rindió satisfactoriamente sus exámenes de ascenso en el Comando de la Segunda División de Ejército, sin justificativo alguno, su nombre apareció como reprobado.
Desconoce las razones para la anulación de estas Resoluciones y su procedimiento; pese a sus reclamos, mediante el recurso de revocatoria y recurso de apelación interpuesto, el Tribunal Superior del Personal de las FF.AA., mediante Resolución 03/07 de 29 de marzo de 2007, confirmó indebidamente la Resolución del Tribunal de Personal del Ejército 052/2006, que desconoce su antigüedad, argumentando “auditoria administrativa”, también alegada en primera instancia, misma que desconoce, le niegan su acceso y carece de sustento probatorio, porque el memorando que extendió el Departamento I Sección Jurídica, señala textualmente la “inexistencia de exámenes de ascenso” (sic).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal garantías
- 1)
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Naturaleza jurídica
- Fragmento 17
- El Recurso de Amparo no procederá contra las resoluciones judiciales que por cualquier otro recurso puedan ser modificadas o suprimidas aún cuando no se haya hecho uso oportuno de dicho recurso
- III.4. Análisis del caso concreto
- 1º APROBAR