SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1183/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1183/2010-R

Fecha: 06-Sep-2010

a)

El abogado de los recurridos, así como del tercero interesado, indica que no se ha vulnerado ningún derecho constitucional, bajo los siguientes argumentos: a) El correcurrido, Freddy Guarayo Soliz, no es funcionario policial de la localidad de San Ramón, sino que trabaja en la ciudad de Santa Cruz; b) El art. 284 del Código de Procedimiento Penal (CPP), no faculta ni al Subalcalde ni al corregidor a que puedan realizar actos que le competen a la jurisdicción ordinaria o al Ministerio Público; y, c) Existiendo un proceso en la vía ordinaria, por el carácter subsidiario del recurso, se debe desestimar el mismo