SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1229/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1229/2010-R

Fecha: 13-Sep-2010

a)

El Director del Centro Penitenciario de San Pedro de “Chonchocoro”, Félix Molina Oblitas, en audiencia informó lo siguiente: a) El 27 de marzo de 2008, a horas 10:10, fue notificado con la Resolución que dispone la salida prolongada del representado del recurrente, cuya parte resolutiva señala que tiene vigencia a partir de la salida penitenciaria; b) Cuando un interno es puesto en libertad se pone en conocimiento a los demás por que puede que existan deudas pendientes, y luego se le notifica; c) De la Resolución se entiende que se debe restituir al beneficiado al referido Recinto Penitenciario una vez cumplido los días de salida prolongada, lo que no se señala en la Resolución; y, d) Fue puesto en libertad el día 28 de maro de 2008, a horas 11:00.