SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1229/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1229/2010-R

Fecha: 13-Sep-2010

improcedente

La Resolución 03/2008 de 31 de marzo, cursante de fs. 37 a 38 vta., pronunciada por la Jueza Quinta de Sentencia del Distrito Judicial de La Paz, declaró improcedente el recurso, con el fundamento de que antes de la notificación con la admisión del recurso y antes de la presentación del memorial de retiro -sábado 29 de mayo de 2008 a horas 10:40, la autoridad recurrida dio cumplimiento a la orden de salida prolongada por el lapso de quince días.

Por lo precedentemente señalado, el caso no se encuentra dentro de las previsiones y alcances del hábeas corpus, hoy acción de libertad, por lo que la Jueza de garantías al haber declarado improcedente el entonces recurso, ha efectuado una adecuada compulsa de los antecedentes procesales y ha aplicado debidamente los alcances de esta acción tutelar.