Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1252/2010-R
Fecha: 13-Sep-2010
I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
Los recurrentes, interponen recurso de hábeas corpus contra Elizabeth Arismendi Chumacero, Jueza Primera de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial de Potosí; solicitando que se disponga la nulidad del Auto Interlocutorio de rechazo del proceso abreviado y se instruya al Juez de Instrucción de turno, pronuncie sentencia.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- improcedente
- II.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción, por operar como causa para su restricción o supresión, correspondiendo en los casos no vinculados a la libertad utilizar las vías legales pertinentes”
- las lesiones al debido proceso están llamadas a ser reparadas por los mismos órganos jurisdiccionales que conocen la causa
- a)
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR