Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1252/2010-R
Fecha: 13-Sep-2010
recurso
En revisión la Resolución 011/2008 de 25 de julio, cursante de fs. 56 a 58, pronunciada por la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito Judicial de Potosí, dentro del recurso de hábeas corpus, ahora acción de libertad, interpuesto por José Luís Juárez Suárez y Claudia Mallma Acuña contra Elizabeth Arismendi Chumacero, Jueza Primera de Instrucción en lo Penal del mismo Distrito Judicial, alegando la vulneración de sus derechos a la “seguridad jurídica” y de la garantía al debido proceso, citando al efecto los arts. 7 inc. a) y 16 de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad recurrida y petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso
- improcedente
- II.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- acción de libertad
- ordenar la tutela
- aquellos supuestos en los que está directamente vinculado al derecho a la libertad personal o de locomoción, por operar como causa para su restricción o supresión, correspondiendo en los casos no vinculados a la libertad utilizar las vías legales pertinentes”
- las lesiones al debido proceso están llamadas a ser reparadas por los mismos órganos jurisdiccionales que conocen la causa
- a)
- III.4. Análisis del caso concreto
- APROBAR