SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1252/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1252/2010-R

Fecha: 13-Sep-2010

I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso

La parte recurrente en audiencia pública, ratificó íntegramente los términos del recurso planteado y ampliando el mismo señaló que: El art. 301 inc. 4) del CPP, establece que el procedimiento abreviado, se puede aplicar incluso una vez concluidas las investigaciones preliminares; también indica que existió una verdad consensuada; asimismo, el art. 374 inc. 1) del mismo Código, habla del principio de objetividad de la existencia del hecho y la participación del imputado. En este caso, los imputados fueron aprehendidos en dependencias de “migraciones” flagrantemente, hecho probado, y el pedir proceso abreviado, es un derecho, garantía de un imputado, más aún cuando se está sometiendo voluntariamente.