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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1309/2010-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1309/2010-R

    Fecha: 20-Sep-2010

    II.1.

    II.1. A fs. 4 cursa comunicación interna CI-UNAF-A.P. 099/2007 de 1 de marzo, por el cual el Director General Ejecutivo de SENASAG, Marco Antonio Jordan Mendoza, hace conocer a los Jefes Distritales de esa entidad, que esa autoridad es la única que en uso de sus legítimas atribuciones que le confiere la ley, puede designar, nombrar y remover al personal de esa institución.

    • recurso de amparo constitucional, ahora acción
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • Fragmento 3
    • concedió
    • I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • Fragmento 11
    • III.1. Consideraciones previas. Aplicación de la Constitución Política del Estado y uso de terminología adecuada en la acción de amparo constitucional
    • siempre que no exista otros medio o recurso legal para la protección inmediata
    • SC 1337/2003-R
    • SC 0150/2010-R
    • ante la falta de respuesta debió acudir al Director General Ejecutivo, autoridad con quien suscribió el contrato de trabajo y quien además se encuentra facultado para conocer todos los aspectos relativos a la designación, nombramiento y remoción del personal de esa institución
    • POR TANTO
    • 1º
    • 2º

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