Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1309/2010-R
Fecha: 20-Sep-2010
II.4.
II.4. Por memorial de 5 de septiembre de 2007, dirigido al Jefe Distrital del SENASAG de Cochabamba, la recurrente solicita se deje sin efecto el memorándum de reasignación de funciones, toda vez que el recurrido no tiene atribuciones para desarrollar cambios de personal en la institución (fs. 2 y vta.), solicitud reiterada el 7 de septiembre del mismo año (fs. 3).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.1. Consideraciones previas. Aplicación de la Constitución Política del Estado y uso de terminología adecuada en la acción de amparo constitucional
- siempre que no exista otros medio o recurso legal para la protección inmediata
- SC 1337/2003-R
- SC 0150/2010-R
- ante la falta de respuesta debió acudir al Director General Ejecutivo, autoridad con quien suscribió el contrato de trabajo y quien además se encuentra facultado para conocer todos los aspectos relativos a la designación, nombramiento y remoción del personal de esa institución
- POR TANTO
- 1º
- 2º