Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1310/2010-R
Fecha: 20-Sep-2010
I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
Ante la renuncia de todos los Magistrados, en la gestión 2007, no se emitió resolución; una vez designados los nuevos Magistrados, en el marco de la Ley 003 de 13 de febrero de 2010, denominada Ley de Necesidad de Transición a los Nuevos Entes del Órgano Judicial y Ministerio Público y por Acuerdo Jurisdiccional 001/2010 de 8 de marzo, se reanudaron las labores jurisdiccionales, habiéndose procedido al sorteo de la presente causa, el 29 de junio de 2010. Mediante AJurisdicci 143/2010 de 25 de agosto se amplio el plazo en la mitad del término; en consecuencia, la presente Resolución se pronuncia dentro de plazo.
- recurso
- I.1.1.Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Personas recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.2. Informe de los recurridos
- 1)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- denegar
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- III.4. En cuanto a la legitimación pasiva
- a)
- Fragmento 21