SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1358/2010-R
Fecha: 20-Sep-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
Los recurrentes, ahora accionantes, arguyen que se vulneraron los derechos de su representada, toda vez que dentro del proceso de resolución de contrato privado de prestación de servicios, tanto la Jueza de apelación, como los Vocales de casación interpretaron mal la norma procesal, por cuanto se anularon obrados hasta el momento de declararse en rebeldía a la parte demandada, señalando que se apersonaron dentro del proceso e interpusieron excepción previa y declinatoria por la cuantía; correspondiendo conocer dicho proceso a un juzgado de partido y que la falta de contestación a la demanda, no implica la declaratoria en rebeldía de los demandados. Corresponde analizar en revisión, si en el presente caso se debe otorgar o no la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- i)
- deniega
- I.3.Trámite procesal ante el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- acción de amparo constitucional
- concederá o denegará
- accionante
- denegar
- III.3.1. Del debido proceso
- III.3.2. Del principio de legalidad y su v
- (Contenido y requisitos de la contestación).
- REVOCAR