SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1361/2010-R
Fecha: 20-Sep-2010
recurso
En revisión la Resolución Nº 196/2007 de 26 de junio, cursante de fs. 185 a 188 vta., pronunciada por la Sala Civil Primera de la Corte Superior del Distrito Judicial de Chuquisaca, dentro del recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional interpuesto por Abel Dávalos Vargas en representación de la Cooperativa “San José Obrero El Villar Ltda.” contra Antonio José Hassenteufel Salazar, Luis Arratia Jiménez y David Barrios Montaño; Vocales de la Sala Segunda del Tribunal Agrario Nacional, alegando la vulneración de los derechos de la cooperativa que representa a reunirse y asociarse, a la propiedad privada, a la defensa y de la garantía al debido proceso, citando al efecto los arts. 7 incs. c) e i); 16.II y IV de la Constitución Política del Estado abrogada (CPEabrg).
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- i)
- 1)
- improcedente
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- “recurso de amparo constitucional”
- “accionante”
- III.3. Carácter subsidiario del amparo constitucional
- 1) Las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno, así: a) Cuando en su oportunidad y en plazo legal no se planteó un recurso o medio de impugnación y
- III.4. Análisis de la problemática planteada
- APRUEBA