SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1368/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1368/2010-R

Fecha: 20-Sep-2010

3)

3) Porque el art. 51.I del CPC, no establece el procedimiento de tasación, a continuación el segundo numeral de dicho artículo remite al Capítulo II, Título II, Libro III del Código de Procedimiento Civil, donde se encuentran los arts. 519 al 549 que regulan la "Forma de ejecutar las sentencias".  El art. 534.I del CPC, expresamente dispone que sólo a falta de la valuación fiscal se podrá designar de oficio a un perito idóneo para tasar los bienes a rematar; y,