SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1368/2010-R
Fecha: 20-Sep-2010
a)
a) Su fallo se fundó en la aplicación del Libro III, "De los procesos de ejecución", Título II, "De la ejecución coactiva civil de garantías reales sobre créditos y prendarios" y Capítulo II, "Formas de ejecutar la sentencia", con las modificaciones a los arts. 32 al 46 del CPC; b) El art.51.I del CPC, no establece el procedimiento de tasación y es por ello que en su numeral segundo se remite a lo dispuesto por los arts.519 al 549 del CPC, que regulan la forma de ejecutar las sentencias, disponiendo el art. 534.I la base para la subasta de los inmuebles y que sólo a falta de éste se designará de oficio a un perito idóneo; y, c) El art. 51.I del CPC ofrece dos alternativas que no son disyuntivas, sino sucesivas, por lo que el Juez de la causa, no podía dejar de observar lo normado por el citado art. 534.I del C.P.C.; consecuentemente, han obrado correctamente
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1
- II.3.
- Fragmento 9
- III.1. Consideraciones sobre la aplicación de la Constitución Política del Estado vigente
- III.2. Sobre la armonización de términos procesales constitucionales
- III.3. Sobre la interpretación de la legalidad ordinaria
- 3)
- 4)
- APROBAR