Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1408/2010-R
Fecha: 27-Sep-2010
II.3.
II.3. El recurrente, respondió la indicada carta, mediante la nota de 29 del mismo mes y año, manifestando que el contrato fue suscrito entre ambas partes, sin la intervención de un tercero; asimismo, hizo referencia al plazo de vigencia del contrato y que aún esperaba los recibos oficiales emitidos por la renta para el arrendamiento de inmuebles (fs. 3 a 4 vta.).
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. De la excepción al principio de subsidiariedad del recurso, ahora acción de amparo constitucional
- Fragmento 16
- III.4. El caso en análisis
- APROBAR