SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1408/2010-R
Fecha: 27-Sep-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente ahora acciónate, denuncia la vulneración de sus derechos a la vida, a la salud, a la seguridad, al trabajo y a una justa remuneración; en mérito al contrato privado de arrendamiento de un local comercial, ubicado en la calle Chichas 1245, zona de Miraflores, de la ciudad de La Paz, que suscribió con la propietaria María Teresa Velasco de Meave, persona recurrida ahora demandada, a quien atribuye su transgresión; pues, el 28 de agosto de 2007, se apersonó su supuesto apoderado, quien lo intimó a desocupar el referido ambiente, aduciendo incumplimiento del canon de alquiler, otorgándole plazo hasta el 30 de ese mes y año para su desalojo. El 3 de septiembre de ese año, constituido en dicho local, donde desarrollaba su actividad comercial principal, encontró clausurada su puerta de ingreso y de escape, con candados y cadenas; medidas de hecho arbitrarias y abusivas, perpetradas por María Teresa Velasco de Meave, que atentan contra sus derechos fundamentales, considerando que es el único medio para el sustento de su familia y la de los trabajadores a su cargo, a quienes además debe salarios. En consecuencia, corresponde dilucidar en revisión, si tales argumentos son evidentes y si constituyen actos ilegales lesivos a los derechos fundamentales del recurrente, a fin de otorgar o denegar la tutela solicitada.
- recurso de amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- 1)
- i)
- concedió
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. De la excepción al principio de subsidiariedad del recurso, ahora acción de amparo constitucional
- Fragmento 16
- III.4. El caso en análisis
- APROBAR