SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1418/2010-R
Fecha: 27-Sep-2010
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente, ahora accionante, manifiesta que se vulneraron sus derechos a la seguridad jurídica y al debido proceso, puesto que en el proceso penal que se le instauró a querella de Edwin Ramiro Kukoc del Carpio, por la supuesta comisión de delitos de falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado, los jueces del Tribunal Cuarto de Sentencia que sustanciaron la causa, emitieron la sentencia por la que rechazaron la excepción de extinción de la acción penal por prescripción planteada por su persona y lo declararon autor de los delitos imputados y lo condenaron con una pena privativa de libertad de seis años, y una vez interpuesta la apelación incidental contra dicha Resolución, la Sala Penal Segunda de la Corte Superior del Distrito el 3 de marzo de 2007, emitió Auto de Vista declarando improcedente su recurso. En consecuencia, corresponde analizar, en revisión, si los actos ilegales son ciertos para conceder o denegar la tutela.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Eloy Avendaño Menchaca y Juan Hugo Mejía Coca, Vocales de la Sala Penal Segunda, Cecilia Ayllón Quinteros, Hugo Montero Lara, Jueces Técnicos; Luz Amanda Fernandez Corcos, Aida Cobarrubias Terán y Guido Rocha Alanes, Jueces Ciudadanos del Tribunal Cuarto de Sentencia; todos del mismo Distrito Judicial.
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- a)
- improcedente
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- III.3. Con relación al requisito de forma de acompañar las pruebas en que se funda la pretensión y la obligatoriedad de adjuntar fotocopias legalizadas
- fotocopias legalizadas,
- legalizadas en lugar de fotocopias simples
- APROBAR