SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1418/2010-R
Fecha: 27-Sep-2010
legalizadas en lugar de fotocopias simples
Del entendimiento referido por la jurisprudencia citada precedentemente, queda claramente establecido que la exigencia en cuanto a la documentación ofrecida como prueba, está referida a la obligación de presentar fotocopias legalizadas en lugar de fotocopias simples; ahora bien, en el caso en análisis, de la revisión a las pruebas y documentación adjuntada por el accionante cursante de fs. 1 a 125 de obrados, se evidencia que la misma en su totalidad son fotocopias simples, por lo que este Tribunal no puede ingresar a realizar un análisis de fondo de la problemática planteada por no cumplirse con la jurisprudencia desarrollada en el Fundamento Jurídico III.3. de la presente Sentencia Constitucional.
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Eloy Avendaño Menchaca y Juan Hugo Mejía Coca, Vocales de la Sala Penal Segunda, Cecilia Ayllón Quinteros, Hugo Montero Lara, Jueces Técnicos; Luz Amanda Fernandez Corcos, Aida Cobarrubias Terán y Guido Rocha Alanes, Jueces Ciudadanos del Tribunal Cuarto de Sentencia; todos del mismo Distrito Judicial.
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- i)
- a)
- improcedente
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Operatividad y aplicación en el tiempo del bloque de constitucionalidad
- “recurso de
- “accionante”
- recurso de amparo constitucional
- III.3. Con relación al requisito de forma de acompañar las pruebas en que se funda la pretensión y la obligatoriedad de adjuntar fotocopias legalizadas
- fotocopias legalizadas,
- legalizadas en lugar de fotocopias simples
- APROBAR