SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1438/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1438/2010-R

Fecha: 27-Sep-2010

III.4.   Análisis del caso concreto

En la problemática planteada, el accionante señaló que se dispuso su traslado penitenciario, del penal de “Mocovi” al de Palmasola, debido a la solicitud realizada por el Director General del Régimen Penitenciario, así como del Director del Establecimiento Penitenciario de Mocovi, por unos supuestos votos resolutivos de la población del mismo penal, quienes manifestaron que se le consideraba un recluso conflictivo, peligroso y que desestabilizaba la convivencia pacífica con los demás internos; ante tal solicitud, la Jueza de Ejecución Penal decretó su traslado mediante Auto Interlocutorio 02/2007, contra el que recurrió de apelación, recurso que fue resuelto por la Sala Penal de la corte Superior del Distrito Judicial del Beni, mediante el Auto de Vista 036/2007, declarando su improcedencia, toda vez que la Jueza de Ejecución Penal, mediante proveído de 17 de enero de 2007, admitió la demanda incidental de traslado de los internos, disponiendo que la trabajadora social del penal, eleve un informe social de los condenados, y señalando audiencia para la sustanciación y resolución del incidente planteado. En la audiencia indicada, el 18 de enero de 2007, el accionante ejerció su derecho a la defensa, es decir que fue oído, de tal manera que el justificativo de indefensión que supuestamente originó la lesión a los derechos y garantías constitucionales manifestados en la presente acción, resulta incoherente de acuerdo a los antecedentes del proceso, en consecuencia, el Tribunal de Apelación, realizó una correcta valoración a las normas legales pertinentes.