II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA
La SC 1575/2010-R de 11 de octubre, concede la tutela solicitada, con el fundamento que la “sentencia” emitida por las autoridades demandadas, no explicó y fundamentó el nexo de causalidad entre las denuncias o pretensiones de las partes procesales, el supuesto de hecho inserto en la norma aplicable, la valoración de las pruebas aportadas y la sanción o consecuencia jurídica emergente de la determinación del nexo de causalidad, omisión que -señala el fallo constitucional- generó vulneración al debido proceso en su elemento motivación, ya que no permitió al justiciable, ahora accionante, conocer las razones y motivos por los cuales las autoridades demandadas, no hubieran considerado en su decisión la ilegalidad o legalidad de la actuación del Gobierno Municipal de La Paz.
- Partes:
- Magistrado:
- I. ANTECEDENTES
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA
- II.2. Naturaleza jurídica del debido proceso: Alcance de sus elementos constitutivos: fundamentación de las resoluciones y congruencia
- II.2.1. La fundamentación y motivación de las resoluciones
- II.2.2. La congruencia
- Fragmento 8
- II.3. Análisis del caso concreto
- APROBAR
