Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1431/2011-R
Fecha: 10-Oct-2011
II.6.
II.6. El Directorio de la Aduana Nacional de Bolivia, en conocimiento del memorial de impugnación de 10 de agosto de 2009, pronunció el Auto de 24 de septiembre de 2009, emitiendo respuesta y en mérito al principio de informalismo recondujo la impugnación y dispuso la remisión de antecedentes al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas; es decir corrigió el procedimiento de impugnación a la Resolución de Directorio 01-014-09, por ser objeto relacionado con tributos (fs. 144 a 145).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- I.1.3. Petitorio
- a)
- concedió
- i)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Principio de s
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- debe haber utilizado hasta agotar todos los medios y recursos legales idóneos para la tutela de sus derechos sea en la vía jurisdiccional o administrativa,
- SC 1035/2010-R
- Las normas administrativas que con alcance general dicte la Aduana Nacional, respecto a tributos que se hallen a su cargo, podrán ser impugnadas conforme a lo establecido en el Artículo 130 de la Ley N° 2492.
- Las normas administrativas que con alcance general dicte la Administración Tributaria en uso de las facultades que le reconoce este Código, respecto de tributos que se hallen a su cargo
- aplicación de la Resolución de Directorio RD 01-014-09 de 30 de julio de 2009,
- correspondía que el accionante impugne la inaplicabilidad de la Resolución RD 01-014-09 al Ministro de Economía y Finanzas, instancia con plenitud de jurisdicción y competencia para dilucidar la aplicabilidad o no de la referida Resolución de Directorio de la Aduana Nacional de Bolivia
- REVOCAR