SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1442/2011-R
Fecha: 10-Oct-2011
i)
Por su parte el demandado Rodolfo Fuentes Borda, Fiscal de Distrito, manifestó: i) Habiendo recibido la impugnación al requerimiento de sobreseimiento, resolvió de manera fundamentada y en tiempo oportuno, ratificando el requerimiento, toda vez que, no existen pruebas en las cuales respaldarse para poder fundamentar una acusación; ii) La Resolución estuvo enmarcada en la legalidad y fue debidamente fundamentada, señaló también que, los certificados médicos demuestran que la accionante y su esposo tienen siete y ocho días de impedimento respectivamente, pero no se demostró que ese impedimento no les permita trabajar; iii) En el reconocimiento y registro del lugar de los hechos, no se encontró evidencias que pudieran servir para incriminar a los imputados; iv) Los testigos entrevistados, manifestaron que vieron a dos hombres y a una mujer que se acercaron a la accionante y a su esposo, pero no identificaron a las personas, es más, cuando se les preguntó si los conocían, señalaron que no; v) Indicaron que el hecho ocurrió el 29 de noviembre de 2006; cuando en realidad se suscitaron el 27 de noviembre de 2006, estos aspectos fueron tomados en cuenta al momento de dictarse la Resolución de ratificación de sobreseimiento; y, vi) Si la accionante sintió vulnerados sus derechos, al momento de la imputación formal, debió acudir a la vía jurisdiccional, ante el Juez cautelar, pues esta vía está expedita hasta antes que el Fiscal de Distrito emita su Resolución en virtud a un requerimiento conclusivo de sobreseimiento que fue impugnado, por lo que solicitó se declare “improcedente” la acción de amparo constitucional.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- 1)
- I.2.2. Intervención del Ministerio Público
- a)
- i)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la obligación del juzgador a fundamentar y motivar las resoluciones
- III.2. Sobre la oportunidad y el modo de plantear excepciones
- III.3. El alcance del control jurisdiccional a las actuaciones del Ministerio Público en la etapa preparatoria
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 15
- REVOCAR EN PARTE