SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1445/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1445/2011-R

Fecha: 10-Oct-2011

III.3. Análisis del caso concreto

         En ese contexto, conforme el contenido de los Fundamentos Jurídicos III.1, y III.2, es aplicación imperativa la subsidiariedad excepcional de la acción de libertad, es decir, que la accionante, respecto a la actuación de los funcionarios policiales ahora demandados y la del Fiscal de Materia, asignados al caso, debió acudir ante el Juez Sexto de Instrucción en lo Penal, que desde el 15 de septiembre tiene a su cargo el control jurisdiccional de la investigación y por tanto facultad de verificación y revisión sobre los actos investigativos; y, solo en caso de no repararse la supuesta vulneración de derechos, acudir a la jurisdicción constitucional a través de la presente acción de defensa.

          Al denunciar los hechos directamente ante la jurisdicción constitucional, se desconoce el rol, las atribuciones y la finalidad que cumple el Juez Sexto de Instrucción en lo Penal, es decir, sin considerar que esta acción, por su naturaleza no opera como un mecanismo subsidiario en la protección de los derechos que tutela, situación que impide ingresar al análisis de fondo de la problemática planteada.