Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1472/2011-R
Fecha: 10-Oct-2011
II.2.
II.2. Por memorial cursante de fs. 9 a 11, la accionante por el Sindicato que representa, el 7 de septiembre de 2009, interpuso incidente de nulidad de la notificación con el Auto de Vista. Por su parte, Zulema Montalvo de Sanjinez, Secretaría de Cámara de la Sala Social y Administrativa certificó que el 25 de agosto y 2 de septiembre de 2009, se presentó la ahora accionante para realizar gestiones de saca de expediente, así como también canceló los portes de correo en otros procesos laborales (fs. 12).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- Si el incidente promovido fuere de improcedencia manifiesta el juez deberá rechazarlo sin más trámite
- III.3. Análisis del caso concreto
- la apertura del término probatorio incidental es imperativa, cuando existan hechos a probar
- APROBAR